Asociación de Jóvenes por los Derechos Humanos
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Derecho Humano 28: Un Mundo Libre y Justo

 

Articulo 28:

 

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

 

Significados:

  • Establecer:
    • Crear o fundar una cosa.
    • Disponer lo que se debe hacer.
    • Expresar un pensamiento de valor general.
  • Orden:
    • Colocación cuidadosa de un conjunto de cosas, asignando a cada una un lugar o posición determinada.
    • Disposición regular de un conjunto de cosas o personas.
  • Social:
    • De la sociedad humana y de las relaciones entre sus miembros.
  • Internacional:
    • Que tiene relación con varias naciones o con el conjunto de todas ellas.
  • Proclamado:
    • Decir una cosa públicamente.
    • Declararse una persona poseedora de un cargo, título o mérito.
  • Plenamente:
    • Por completo.
  • Efectivo:
    • De realidad indiscutible.
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