Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Significados:
Libertad:
Facultad humana de obrar y expresarse según la propia voluntad y bajo la responsabilidad de uno mismo.
Estado del que no está preso, esclavo o sometido a la voluntad de otra persona.
Circunstancia de no estar sujeto a una obligación, deber o disciplina.
Pensamiento:
Conjunto de ideas propias de una persona o colectividad.
Cosa que se piensa.
Conciencia:
Conocimiento que una persona tiene de sí misma y del mundo que la rodea.
Moralidad, noción del bien y del mal.
Manifestar:
Decir o expresar una cosa con solemnidad o formalidad para que se sepa.
Culto:
Conjunto de ritos y ceremonias con que se manifiesta la adoración a una divinidad.
Observancia:
Estado antiguo de algunas órdenes religiosas, a distinción de la reforma.
Acatamiento por respeto o sumisión de lo dispuesto por la ley o de las decisiones de personas mayores o que tienen autoridad.