Asociación de Jóvenes por los Derechos Humanos
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Derecho Humano 17: Derecho a tus Propias Posesiones

 

Articulo 17:

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

 

Significados:

 

  • Propiedad:
    • Derecho a poseer una cosa y poder disponer de ella según la legalidad y la propia voluntad.
    • Cosa o bienes que posee una persona.

 

  • Individual:
    • Del individuo.
    • Que está destinado a una sola persona.

 

  • Colectivo:
    • De un grupo o colectividad.
    • Grupo de personas que tienen en común una actividad, afición u objetivo.

 

  • Arbitrario:
    • Que actúa según su arbitrio o voluntad sin atender a leyes o a razones.
    • Que depende del arbitrio o libre decisión de los individuos.

 

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